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jueves 02 de julio de 2026

La SIC aclara que no ha ordenado el cambio masivo de medidores de servicios públicos en Colombia

Foto: Servicio Instalacion Medidor de Agua.

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La entidad explicó que los nuevos reglamentos técnicos metrológicos expedidos por la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) están dirigidos únicamente a los medidores nuevos que ingresen al mercado nacional.

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La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) aclaró a la ciudadanía que no ha ordenado el reemplazo masivo de los medidores de agua, energía eléctrica y gas en el país, luego de la circulación de información que ha generado inquietud entre los usuarios sobre un supuesto cambio obligatorio de estos equipos.

La entidad explicó que los nuevos reglamentos técnicos metrológicos expedidos por la SIC están dirigidos únicamente a los medidores nuevos que ingresen al mercado nacional, a los equipos que se instalen por primera vez y a aquellos que deban ser sustituidos por presentar fallas técnicas irreparables, de acuerdo con la regulación vigente.

Según la Superintendencia, el reglamento para medidores de energía eléctrica entró en vigencia el 5 de enero de 2026, el de agua el 13 de marzo de este año y el correspondiente a medidores de gas comenzó a regir el 19 de junio de 2026.

La entidad enfatizó que estas disposiciones no obligan al cambio automático de los medidores que actualmente funcionan correctamente, por lo que los usuarios no deben asumir que existe una orden general para reemplazar los equipos instalados en viviendas, comercios o industrias.

El objetivo de los reglamentos es garantizar que los nuevos instrumentos de medición cumplan estándares de precisión, confiabilidad y seguridad, fortaleciendo la transparencia en la medición del consumo y brindando mayores garantías tanto a los usuarios como a las empresas prestadoras de servicios públicos.

La SIC también precisó que la expedición de estas normas no implica la implementación obligatoria de medidores inteligentes ni modifica las reglas tarifarias de los servicios públicos domiciliarios.

Asimismo, indicó que los programas de modernización, reposición tecnológica o sustitución de medidores por vida útil que adelanten algunas empresas prestadoras obedecen a decisiones propias de dichas compañías y no son consecuencia directa de los reglamentos técnicos expedidos por la Superintendencia.


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