La reciente decisión de la Sección Segunda del Consejo de Estado, que ratifica la incompetencia de la Procuraduría para sancionar a funcionarios electos por voto popular, representa un precedente positivo en el debate sobre los derechos políticos de los gobernantes locales, como el alcalde de Tunja, Mikhail Krasnov.
En su fallo, los magistrados Jorge Iván Duque y Luis Eduardo Mesa reafirmaron que el principio de control de convencionalidad, establecido por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, debe ser aplicado en casos que involucren los derechos políticos de funcionarios electos. Este principio refuerza la idea de que las decisiones que afecten a los servidores públicos de elección popular deben ser tomadas bajo estándares internacionales, protegiendo el derecho al debido proceso y a la participación democrática.
Este avance jurídico resalta la importancia de garantizar que los funcionarios elegidos por el pueblo no sean removidos arbitrariamente por órganos administrativos como la Procuraduría. El fallo cobra especial relevancia al recordar casos como el del presidente Gustavo Petro, quien enfrentó una destitución similar en su tiempo como alcalde de Bogotá y obtuvo respaldo de la Corte Interamericana, que consideró que la Procuraduría no tenía competencia para sancionarlo en ese contexto.
Para la administración de Krasnov, este fallo del Consejo de Estado fortalece el marco legal y el respeto por la soberanía popular, reafirmando que cualquier actuación en su contra debe ceñirse estrictamente al derecho internacional y a los principios de la democracia participativa.
Con decisiones como esta, se robustece el sistema de pesos y contrapesos en Colombia, y se promueve la defensa de la legitimidad de los líderes elegidos por el pueblo.
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